La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley General de Salud (235, 237, 245, 247 y 248) que prohíben a la Secretaría de Salud autorizar actos relacionados con el uso personal de marihuana con fines recreativos, como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar dicho enervante.