Comentario político del periodista Raymundo Medellín para el programa radiofónico “Hablando Claro” de Radio expresión México, que conduce Manuel Aparicio.
“Seguridad Nacional”, una frase que luego de ser utilizada por el ejecutivo, ya está pasando a formar parte de los vocablos para la justificación de funcionarios, que por alguna razón, no quieren responder a temas que son propios de su investidura.
Lo anterior porque en días pasados, Adán Augusto Santiago, secretario de Gobernación, a una pregunta que le hicieron periodistas de Chihuahua, sobre el estado legal del el narcotraficante Rafael Caro Quintero, contestó que el caso Caro Quintero era un asunto de “Seguridad Nacional”, por lo que no podía dar información de si existía o no una solicitud de extradición, el funcionario solamente afirmó que Caro Quintero, había sido detenido en un pueblo que limita con el estado de Chihuahua, que fue puesto a disposición de autoridades federales y que se encontraba recluido en el Altiplano… con eso nos quedamos, afirmó el funcionario.
Creo que son tiempos en que los funcionarios deben dar una repasada a nuestra Constitución, o por lo menos a las leyes que tengan algo que ver con la investidura que les fue conferida, porque entiendo que la Seguridad Nacional, es el ámbito en el que se desarrollan la seguridad interior y la defensa nacional, la preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes.
Al respecto el doctor Adolfo Arreola García, profesor-investigador de la Universidad Anáhuac México, consultor independiente en temas de ciberseguridad y estrategia, profesor en la Universidad Nacional Autónoma de México y ex director de operaciones y tecnología en ICE, Israel Cybersecurity Enterprise, comparte un interesante artículo en el que aborda la Ley de Seguridad Nacional. Él afirma que, la Ley de Seguridad Nacional (LSN) en su artículo 3 menciona que:
“Para efectos de esta Ley, por Seguridad Nacional se entienden las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano que conlleven a:
I. La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país; II. La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio; III. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno; IV. El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; V. La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y VI. La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes”.
Eso de que Rafael Caro Quintero sea motivo de Seguridad Nacional, no puede ser otra cosa que una vacilada, porque lo que pueda decir Caro Quintero de su relación con Manuel Bartlett, no debe comprenderse como de Seguridad Nacional… ¿o sí?
(Fotografía Adolfo Arreola García Vozpópuli)