La Suprema Corte de Justicia de la Nación no es legalmente competente para conocer de la solicitud de Amparo promovida por los dirigentes del Foro Humanista, Mario García Sordo y Juan Pablo Cárdenas Baca, en contra de la violación de los derechos políticos y electorales de los habitantes de la Ciudad de México, en el proceso para elegir a la Asamblea Constituyente.
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ministro Luis María Aguilar Morales, notificó que el más alto tribunal no es legalmente competente para conocer del presente asunto, por lo que en cumplimiento al artículo 1º. Párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en aras de tutelar el derecho fundamental de acceso efectivo a la justicia, acordó enviar el asunto a un Juzgado de Distrito en Materia Administrativa para que se determine lo que corresponda.
El Ministro Aguilar Morales se basa en el artículo 17 de la Carta Magna con fundamento en los artículos 33, fracción IV, 35 y 37 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como en lo dispuesto en los puntos Primero, Fracción I, Segundo, Fracción I, del Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la Determinación del Número y Límites Territoriales en que se divide la República Mexicana y al Número, a la Jurisdicción Territorial y Especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el quince de febrero de 2015.
“Los ciudadanos y ex candidatos del Partido Humanista del Distrito Federal piden la protección del Poder Judicial ante la violación a sus derechos y garantías constitucionales, por el Decreto que reforma y modifica 54 artículos de la Carta Magna, con lo que se excluye del proceso electoral de la Asamblea Constituyente al Partido Humanista, organismo político que en la última elección logró obtener más de 100 mil votos de los capitalinos”, afirmó Mario García Sordo, Coordinador General del Foro Humanista.
Precisó que la Reforma Política de la Ciudad de México es limitada y excluyente porque la convertirá en entidad de segunda con trato discriminatorio y de excepción, con alcaldías restringidas en sus facultades y con una Asamblea Constituyente que se conformará por designación del Presidente de la República y el Jefe de Gobierno, buscando su control político y negando el derecho a participar en las elecciones a partidos locales y al propio Instituto Electoral del Distrito Federal.
La Reforma Política de la Ciudad de México no contempla la equidad de género en la elección y designación de su constituyente, no tiene visión metropolitana y se trata sólo de un cambio cosmético, pues a todas luces no busca un cambio político de fondo, sólo de nombre y tipo administrativo, lo que redistribuye de manera limitada el poder en las dependencias locales, conservando el centralismo del gobierno capitalino.
Por ello, advirtió García Sordo, el FORO HUMANISTA ha decidido emprender una amplía jornada de resistencia civil en defensa de los derechos ciudadanos de la CDMX y seguirá promoviendo Juicios de Amparo en contra de la Reforma Política de la Ciudad de México hasta lograr la creación un nuevo Estado, con municipios, Congreso local y se elija un Constituyente de manera democrática, con equidad de género, visión metropolitana y en donde participen partidos y agrupaciones políticas locales.
POR LOS DERECHOS Y EL BIENESTAR CIUDADANO
Mario García Sordo
Coordinador General