Fracasó la consulta popular: solo participó entre 7 y 7.74%, según conteo del INE

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Para que la consulta fuera vinculante se necesitaba que el 40 por ciento de la lista nominal participe en el ejercicio.

 

La consulta popular para enjuiciar a expresidentes fracasó de manera estrepitosa.

El conteo rápido del Instituto Nacional Electoral (INE) arrojó que el porcentaje de participación osciló entre el 7.07 y el 7.74 por ciento.

Para que la consulta fuera vinculante se necesitaba que el 40 por ciento de la lista nominal participara en el ejercicio.

¿Qué pasa si consulta contra expresidentes no alcanza el mínimo de participación?

¿Qué pasa si consulta contra expresidentes no alcanza el mínimo de participación?


En tanto, respecto al resultado de la votación, entre el 89.36 y el 96.28 por ciento votaron por el “Sí”, es decir, para investigar crímenes cometidos por los titulares del Ejecutivo en los sexenios pasados. Mientras que entre el 1.38 y el 1.58 por ciento votaron por el “No”, según el conteo rápido del árbitro electoral.

 

Los votos nulos, por otra parte, oscilan entre el 2.19 y el 9.21 por ciento.

El Instituto detalló, previamente, que de las 57 mil 077 mesas receptoras programadas para la consulta popular se instalaron 57 mil 014 (lo que representa el 99.98 por ciento).

Asimismo, el organismo señaló que al corte de las 16:00 horas (horario del centro del país) se habían reportado un total de 476 incidentes, de los cuales cuatro se trataron de inutilización de boletas antes de las seis de la tarde, por parte de funcionarios de mesas receptoras de opinión.

Para que una consulta popular sea vinculante, según la Ley Federal de Consulta Popular, se requiere que la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. Solo en este caso los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como las autoridades competentes, iniciarán las acciones legales correspondientes con el resultado.

“Cuando el informe del Instituto indique que la participación total en la consulta popular corresponda, al menos al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, y lo hará del conocimiento de la Suprema Corte, la cual notificará a las autoridades correspondientes para que dentro del ámbito de su competencia realicen lo conducente para su atención”, señala el Artículo 64 de la Ley Federal de Consulta Popular.

La pregunta que contestaron los ciudadanos en la papeleta este domingo fue la siguiente: ¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?

Dado que no se alcanzó el mínimo de la votación, la consulta no será vinculante, esto es: no se llevarán a cabo las acciones legales encaminadas al enjuiciamiento de políticos. (Información de El Financiero)

 

                                                                                                    (Imagen de Al Calor Político)

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