Comentario político del periodista Raymundo Medellín para el programa radiofónico “Hablando Claro”, de Radio Expresión México, que conduce Manuel Aparicio.
Esas redes sociales.
Me llamó un amigo muy alarmado, dijo haber visto en una red social que el gobierno de la Ciudad de México había eliminado de la Constitución, de la ciudad de México, desde luego, el respeto a la propiedad privada y solamente en esa información se indica que solamente se respetara la propiedad.
Traté de buscar la nota y me encontré que se trata de una información publicada el 3 de septiembre de 2024.
En aquel entonces, le explique a mi amigo, siendo jefe de Gobierno Martí Batres afirmaba que con la reforma a la Constitución de la Ciudad de México por el gobierno capitalino, en materia de propiedad privada, se evita que “el actual Poder Judicial” pueda realizar interpretaciones de las normas locales en favor de “los grupos económicos más poderosos” y se revierte, una parte del andamiaje jurídico e ideológico del neoliberalismo… así lo dijo Batres.
El morenista, quien publicó la reforma al artículo tercero de la Constitución de la capital, mediante la cual se homologa el principio de propiedad privada, acorde con el artículo 27 de la Constitución federal, afirmó que con ello, no sólo se protege la propiedad privada, sino la propiedad pública y la propiedad social, “acorde con los valores de la cuarta transformación”.
“¿Qué decía la Constitución de la Ciudad de México antes de la reforma? ‘La Ciudad de México asume como principios el respeto a la propiedad privada’. ¿Qué dice ahora? ‘La Ciudad de México asume como principios el respeto a la propiedad en los mismos términos del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos’.
¿Qué dice el artículo 27 de la Constitución?
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización.
La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.
Según Batres, afirmó que ante la falta de claridad estamos en riesgo, en cualquier momento, de que el actual Poder Judicial, en algunas de sus instancias, juzgados de distrito, tribunales o Suprema Corte, pueda interpretar nuestras normas constitucionales en favor de los grupos económicos más poderosos, haciendo a un lado el artículo 27 de la Constitución.
El tema, le dije a mi amigo, trata de las trampas o artimañas de que hay en los términos jurídicos que pueden interpretarse a conveniencia de la ideología y del momento.
Pero bueno la ciudadanía le dio a MORENA la mayoría en la Ciudad de México y ahí todo puede suceder, hasta el que te expropien tu casa para meter a migrantes, o si tienes un edificio, para ocuparlo por una organización de izquierda, en fin, podrían parecer elucubraciones pero si lo que se busca es implantar el comunismo no es remoto este último comentario.