La organización popular en Tabasco, en riesgo por Ley Garrote

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Por: Pedro Ramos Mondragón

 

De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, “autocracia” es la forma de gobierno en la cual la voluntad de una persona es la suprema ley; en la práctica, el Gobierno de México tiene esta avergonzante forma. Todos podemos ver que se están eliminando los derechos y la democracia que con ríos de sangre se han conquistado a lo largo de la historia de nuestro país. El gobierno que encabeza Andrés Manuel López Obrador se ha caracterizado por ser una cínica autocracia; AMLO, concentra el poder en su misma figura, muchas veces hasta promoviendo su mesianismo, sus acciones y decisiones, no están ni pueden estar sujetas a restricciones legales ni a mecanismos de control democrático que regulen su actuar; lo que él decide se hace ley y para eso tiene la mayoría en el congreso, porque a capricho del que manda en Palacio Nacional (y que además ahí vive, como demostrando su poderío al más puro estilo de la época Virreinal), aprueban lo que se le ocurra; bueno sin salirme del tema, esta forma de gobierno es característica de una monarquía absoluta y de la dictadura; en síntesis la autocracia en México está definida por el falso poderío y la fantasía supremacista del presidente frente al pueblo; el sistema de AMLO es simple, él tiene la potestad absoluta de regular las leyes a su conveniencia, dictando órdenes a sus diputados y a sus seguidores, que atienden sus órdenes con ciego fanatismo. Eso es lo que en México está pasando, no podemos tapar al sol con un dedo; los gobiernos anteriores dejaron al país en malas condiciones y con problemas graves; pero hubo democracia y es así como llegó al poder Morena; ahora las cosas no pintan bien para la democracia y dentro de los muchos problemas del país, el uso de los congresos para validar leyes que reprimen al pueblo no pueden ser otra cosa que un arma del poder en turno para controlar y someter a un pueblo lastimado por muchos años.

En julio de 2019 entró en vigor en el estado de Tabasco la modificación al Código Penal, que eleva las penas contra la extorsión a través de bloqueos a accesos e instalaciones y obras privadas o públicas en Tabasco y que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, en la edición 8024, suplemento D, donde fue publicado el decreto 115 referente a la llamada “Ley Garrote”. Esta iniciativa, se dice, emana de la cabeza del Gobernador del Estado, Adán Augusto López, amigo incondicional y fiel seguidor del presidente. El gobernador aclaró que con esta ley no se violaba ningún derecho y que se elevaron las penas contra la extorsión a través de bloqueos a accesos en instalaciones u obras privadas o públicas, porque debe defender el derecho de terceros. Aquí cabe preguntarse quienes son esos terceros, no me queda claro, pero creo que el pueblo no tiene constructoras para hacer carreteras, refinerías o trenes.

La aplicación de esta ley, desde que fue aprobada por el Congreso local y publicada en el estado de Tabasco, es ambigua, tiene la interpretación que le quiera dar cualquiera, es una redacción no es clara, lo mismo puede castigar a un verdadero delincuente que a un humilde grupo de campesinos que cerrara alguna calle o impidiera la construcción de una refinería o un tren para manifestar su inconformidad; los manifestantes podrían ser detenidos ser llevados a la cárcel permaneciendo años y esto se agravaría si ahí se encontrarán menores de edad. Es precisamente la aplicación de esta ley represora de los derechos un retroceso para el entorno democrático del país, pues se lastimarían garantías para ejercer el derecho de la libre manifestación, poniendo redacciones con ambigüedades que generan riesgo de ir a la cárcel o ser sujeto a una discrecional persecución penal desde el poder por participar en protestas. 

Debido a la polémica que se generó con esta ley, hace unos días la Suprema Corte de Justicia de la Nación realizó una revisión para determinar si se estarían violentando los derechos de los ciudadanos al poner en peligro el derecho de la libre manifestación y expresión, y para revisar si las penas judiciales que de esta ley emanan no violentan el Estado de Derecho y la libertad de la gente; viendo así las cosas, la razón le asistiría a quien denuncia que esta ley aplicada en Tabasco es totalmente represora y es una herramienta para amedrentar a quien quiera ejercer su derecho a no estar de acuerdo con los dictados del presidente. Luego de una serie de críticas que fueron más allá de las fronteras, la SCJN analizó esta ley y determinó, aunque de manera parcial, que las reformas al código penal del estado de Tabasco son inválidas y atentan contra el estado de derecho. La parcialidad de esta decisión es un avance, pero no resuelve el problema; esta ley se hizo para que las obras del presidente no tengan tropiezos, aunque sean una verdadera burla al pueblo de México. La tarea de la SCJN es escuchar la demanda social para que se eliminen estas reformas pues no coadyuvan al tránsito de la democracia en el país. 

Aún queda un proyecto de sentencia del ministro Fernando Franco González Salas, que propone la invalidez de las reformas al código penal, conocidas como “Ley Garrote”, en próximos días conoceremos la resolución, pero no me queda más que pedirle a la SCJN que no se deje amedrentar, que no cometa el error de convertirse en marioneta  del fanatismo ciego de un dictadorzuelo, de hacerlo así y validar en su totalidad este proyecto de ley, pasarán a la historia como los que avalaron la ley que ahoga el grito de un pueblo desesperado por justicia social.

 

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